Ir a la corte en un caso de desalojo

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Si recibió un Aviso de desalojo o una Reclamación de posesión, lea Desalojo: ¿qué es y cómo empieza?

Si no puede resolver el problema llegando a un acuerdo con el propietario, el propietario podría iniciar un caso de desalojo en su contra. Si esto sucede, es posible que tenga que acudir a la corte. Si llega a un acuerdo antes de que se inicie un caso, consígalo por escrito y hágalo firmar. Obtenga su propia copia para evitar preguntas sobre el acuerdo más adelante.

Cómo se empieza un caso de la corte

Su propietario puede empezar un caso de la corte para desalojarlo presentando una demanda en la corte de distrito local. El propietario puede pedir solo desalojarlo (que se llama posesión) o desalojarlo y recibir daños monetarios.

Cuando presenta la demanda, el propietario tiene que adjuntar una copia del contrato de alquiler (si tiene un contrato por escrito), la Reclamación de posesión o el Aviso de desalojo y la Prueba de entrega, para mostrar que usted lo recibió.

La citación

Cuando la corte reciba la demanda, emitirá una citación. La citación le dice que:

  • Lo están demandando;

  • El propietario quiere dinero o quiere desalojarlo, o ambas cosas;

  • Tiene que comparecer en la corte en una fecha y hora específica para una audiencia o que tiene que presentar una respuesta por escrito dentro de los cinco días;

  • Tiene derecho a tener un abogado, y si no puede pagar un abogado, podría ser elegible para recibir ayuda legal gratis;

  • Tiene derecho a tener un juicio por jurado, y si lo desea tiene que solicitarlo en su primera respuesta y pagar una cuota de solicitación de un jurado.

Junto con la citación, el propietario también debe adjuntar un formulario de Aviso de derechos e información, así como información sobre asistencia local para alquiler y vivienda. El propietario puede consultar con la corte para obtener información sobre asistencia local para alquiler y vivienda.

La demanda

La demanda tiene que decir todo lo siguiente, si corresponde:

  • Por qué lo están desalojando, tanto el nombre legal del reclamo y los motivos por el mismo

  • El período de alquiler y el monto de renta para cada periodo, si el propietario solicita dinero por el alquiler además del desalojo

  • Si el propietario mantuvo el predio habitable y en buenas condiciones

  • Si el propietario está solicitando un juicio por jurado

  • Cualquier otro detalle específico sobre el desalojo

Esta información se incluye en los formularios estándares que están disponibles en el sitio web Una corte de justicia de Michigan (Michigan One Court of Justice).

Existen diferentes formularios para demanda que un propietario debe utilizar por falta de pago del alquiler, recuperación de posesión, peligro para la salud o daños a la propiedad y justa causa de desalojo de una casa móvil. La mayoría de los propietarios utilizan estos formularios.

La entrega de la citación y demanda

Debe recibir la entrega legal de una copia de la citación y demanda y todos los adjuntos por correo. Además, también debe recibir la entrega legal de una de las siguientes maneras:

  • Haciendo que se la den personalmente

  • Entregándola en la vivienda alquilada a alguien en su hogar que tiene edad suficiente para recibirla

  • Pegándola o colocándola bien en la entrada principal de su vivienda después de varios intentos diligentes fallidos

  • Enviándoselo electrónicamente (por correo electrónico)

El propietario solo puede hacer el entrega legal por correo electrónico si ocurre todo lo siguiente:

  • Usted acordó recibir el entrega legal por correo electrónico por escrito (este acuerdo podría estar en su contrato de alquiler)

  • El propietario le envió el acuerdo o la confirmación por correo electrónico

  • Usted respondió al correo electrónico del propietario

Si cambia su dirección de correo electrónico, debe informar al propietario sobre su nueva dirección de correo electrónico por escrito, o seguir el proceso enumerado anteriormente para su nueva dirección de correo electrónico.

Esto significa que debe obtener dos copias de la citación y demanda para que la entrega legal sea correcta.

El propietario no puede ser la persona que le entregue los papeles. A menudo los entrega un profesional de entrega legal, pero también lo pueden hacer otras personas.

El propietario puede optar por que la corte le envíe por correo una segunda copia de la citación y la demanda. Para hacerlo, deben completar y presentar una Solicitud de envío por correo judicial y un Registro de envío por correo por parte de la corte.

El propietario tiene que demostrarle a la corte que usted recibió correctamente la entrega legal. Esto lo hace llenando la Prueba de entrega en la sección inferior de la primera página del formulario de la citación y presentándola en la corte.

El propietario tiene que verificar que usted reciba la entrega legal de la citación y demanda por lo menos tres días antes de la fecha de audiencia programada. 

Si no recibió la entrega legal correctamente, puede usar esto como una defensa contra el desalojo. Para obtener más información sobre las defensas contra el desalojo, lea Defensas y contrademandas comunes en los casos de desalojo.

Cómo responder a la citación y demanda

Si recibe una citación y una demanda, debe tener una fecha en la que debe acudir a la corte. Es muy importante que asista a esta cita en la corte.

También es importante responder a lo que dijo el propietario en la demanda para que el juez conozca su versión del asunto. Puede ir a la corte y decirle al juez su respuesta a la demanda en la audiencia o puede presentar una respuesta por escrito ante la corte. De cualquier manera, es muy importante que asista a su cita en la corte.

Cómo presentar una respuesta a la demanda

Una demanda se compone de varios párrafos. Cada párrafo debería estar numerado.

Para presentar una respuesta a la demanda, debe responder a todos los párrafos, uno por uno. 

Para cada párrafo, tiene que decir que:

  • Está de acuerdo con el párrafo de la demanda;

  • No está de acuerdo con el párrafo de la demanda; o

  • No sabe si el párrafo es cierto o no.

Simplemente siga estas reglas sencillas:

  • No diga que está de acuerdo con algo a menos que sepa que es cierto

  • No diga que no está de acuerdo con algo a menos que sepa que no es cierto

  • Si no sabe, elija “No sé”

  • Si un párrafo hace más de un reclamo, no lo acepte a menos que sepa que todos los reclamos son ciertos

Puede usar la herramienta Hágalo usted mismo: Respuesta a la demanda de desalojo para crear su respuesta.

Si quiere tener un juicio por jurado tiene que solicitarlo en la primera audiencia y estar preparado para pagar la cuota de jurado en ese momento. En general, la cuota es de $50. Si recibe ayuda pública o no puede pagar la cuota de jurado, puede pedirle a la corte que exima la cuota presentando una Solicitud de exención de cuotas. Puede usar la herramienta Hágalo usted mismo: Exención de cuotas para crear su formulario.

Defensas y contrademandas

Puede haber una buena razón por la cual usted no debería ser desalojado, aunque lo que diga el propietario en la demanda sea cierto. En ese caso, tiene una defensa a la demanda de desalojo. Si tiene una defensa, tiene que indicarla además de la respuesta, y tiene que contarle a la corte los datos específicos de su defensa.

Si tiene un reclamo legal contra el propietario basado en los mismos hechos que el desalojo, tiene una contrademanda. También tiene que indicar cuál es su contrademanda en la respuesta. Puede presentar defensas y contrademandas usando la herramienta Hágalo usted mismo: Respuesta a la demanda de desalojo.

Para obtener más información, lea Defensas y contrademandas comunes en casos de desalojo.

Cómo prepararse para ir a la corte

La primera audiencia probablemente se realizará por videoconferencia, como Zoom. Su citación debe indicarle si la audiencia será en persona o por Zoom. Si tiene preguntas sobre cómo acceder a la audiencia, puede llamar a la oficina del secretario.

Si el propietario argumenta que hay actividad de drogas ilegales en la vivienda, un peligro grave para la salud o daños extensos a la vivienda, que usted está causando lesiones o amenazando con lastimar a alguien, o que es un intruso, su primera audiencia probablemente será la prueba. En el juicio, el juez escucha a ambas partes y decide quién gana.

Si el propietario no presenta esos argumentos, su primera audiencia no debería ser el juicio. En cambio, debería ser una audiencia previa al juicio en la que el juez escuche un poco sobre el caso, pueda hacer preguntas a las partes y brindar información, y luego programar la próxima fecha de audiencia. Aunque no debería ser la prueba, es muy importante que se presente para asegurarse de que no lo incumplan.

Prepárese antes del día de la audiencia. Revise la información en su respuesta. Haga una lista de lo que cree que el juez necesita saber y lleve cualquier documento o nota importante que respalde sus argumentos. Incluso si es probable que su audiencia sea una audiencia previa al juicio, es bueno estar preparado para explicar su versión.

Reúna pruebas

Reúna sus pruebas para prepararse para la audiencia. Sus pruebas pueden incluir:

  • Copias de cartas o e-mails que envió al propietario o departamento de vivienda

  • Cartas o e-mails que recibió del propietario o departamento de vivienda

  • Fotografías de las reparaciones necesarias

  • Copias de facturas y recibos de reparaciones, o por otros costos relacionados con los problemas, como por ejemplo una vivienda temporal

  • Estados de cuenta de cualquier cuenta de plica donde haya depositado el alquiler que está reteniendo debido a una disputa con el propietario

Testigos

Las personas que saben de primera mano lo que pasó tienen que declarar lo que saben en la audiencia. Las declaraciones no pueden ser presentadas a la corte por escrito. Alguien que sabe de primera mano lo que pasó en su caso podría ser un testigo en su caso.

Si un testigo no está dispuesto a comparecer, puede pedirle al secretario de la corte que emita una orden de comparecencia (citatorio). La orden requerirá al testigo a comparecer en la audiencia o juicio. La orden de comparecencia se tiene que entregar legalmente al testigo (junto con cualquier cuota de testigo correspondiente) no más de dos días antes de la audiencia/el juicio. Tendrá que pagarle al secretario de la corte para coordinar la entrega legal de esta orden.

Comparecer ante la corte

Es importante recordar que cuando se representa a sí misma en la corte, se espera que siga las mismas reglas que los abogados. Puede obtener información sobre su comparecencia en la corte en el artículo Lo que puede pasar cuando vaya a la corte.

Cuando llegue a la corte

En general, la audiencia se hará en el lugar indicado en la citación. Es importante llegar a tiempo. Vístase bien. Llegue unos 10 o 15 minutos antes del horario programado para su audiencia. Infórmele al secretario o funcionario de la corte sentado cerca del juez, pero no interrumpa los procedimientos en curso. Debe estar preparado para pasar la mayoría de la mañana o tarde en la corte. Lleve sus testigos y sus pruebas a la corte. Recuerde que debe hablar claramente, contestar cualquier pregunta que haga el juez y no interrumpir al juez o a la otra parte.

Quién es quién

En un caso de desalojo, el propietario es el demandante, o sea la persona o entidad que presenta el juicio en la corte. Usted, el inquilino, es el demandado. Usted se está defendiendo contra la demanda del propietario. Juntos, usted y el propietario se llaman las partes del caso.

Si el propietario no está en la corte cuando llamen el caso, es posible que se despida el caso. Si usted no está en la corte cuando anuncien su caso, es posible que se emita un fallo por falta de comparecencia en su contra. Esto significa que si el juez decide que el propietario tiene un buen reclamo, el propietario puede obtener un fallo sin tener una audiencia porque usted no compareció para disputar la demanda.

Audiencia preliminar

Si su caso de desalojo es por falta de pago del alquiler y ha solicitado asistencia para el alquiler, asegúrese de informarle al juez que solicitó asistencia para el alquiler. También debe completar el Formulario de asistencia para el alquiler (marque "Prueba de solicitud") y adjuntar la prueba de que envió una solicitud. Este Formulario de asistencia para el alquiler y la prueba adjunta deben presentarse ante la corte y entregarse al propietario o a su abogado, si lo tiene. Puede hacerlo cuando esté en la corte. El caso de desalojo debe suspenderse o pausarse durante 14 días para permitir que se procese la solicitud. Su caso de desalojo continuará después de esos 14 días a menos que presente y entregue nuevamente el Formulario de asistencia para el alquiler (esta vez, marque "Actualización de estado") y adjunte la prueba de que su solicitud aún se está procesando o ha sido aprobada. Debe presentar y entregar este segundo Formulario de asistencia para el alquiler y su prueba dentro de los 14 días posteriores a la fecha en que el juez detuvo su caso por primera vez. En ese caso, la estancia deberá ampliarse por 14 días más, para un total de 28 días. Después de esos 28 días, su caso continuará. Su próxima audiencia después de esa suspensión podría ser su juicio.

Si no ha solicitado asistencia para el alquiler antes de su primera audiencia, pero desea hacerlo, aún puede solicitarla dentro de los 5 días posteriores a su primera audiencia. Para suspender su caso, debe completar el Formulario de asistencia para el alquiler (marque "Prueba de solicitud") y adjuntar la prueba de que envió una solicitud. Dentro de los 5 días posteriores a su primera audiencia, debe presentar el Formulario de asistencia para el alquiler y la prueba adjunta ante la corte y entregarlo (enviarlo) al propietario o a su abogado, si puede. Luego, su caso debe pausarse de la misma manera que se explicó anteriormente.

Si no tiene una solicitud pendiente de asistencia para el alquiler, la corte debe programar la próxima audiencia al menos siete días después de su primera audiencia. Esta próxima audiencia podría ser su juicio.

En la audiencia, el juez debe decirle que tiene derecho a conseguir un abogado. El derecho a tener un abogado significa que cualquiera de las partes puede tener uno si puede permitírselo. Esto no significa que la corte ni nadie pagará por su abogado. Si usted o su arrendador no tienen un abogado pero quieren encontrar uno, el juez generalmente reprogramará el juicio o la audiencia para la semana siguiente si su juicio está programado para ese día.

Si el juicio se retrasa más de siete días después de la primera audiencia, el propietario puede pedirle al juez que le ordene pagar el dinero del alquiler en una cuenta de depósito en garantía. Este dinero es para cubrir el alquiler que podrías deber por permanecer en la casa hasta el juicio. Solo se puede utilizar para el alquiler que pueda deber por quedarse en la casa mientras espera el juicio, no para el alquiler anterior que pueda deber.

El juicio

En la corte, cada lado tiene la oportunidad de contarle al juez o jurado su versión de los hechos y mostrar sus pruebas. Es muy importante seguir las reglas y no interrumpir al otro lado cuando sea su turno.

Como es el demandante, el propietario empezará primero. El propietario tendrá la oportunidad de mostrarle a la corte cualquier documento o foto que tenga para probar el caso. El propietario tendrá la oportunidad de presentar testigos para declarar. Usted o su abogado también tendrá la oportunidad de hacerles preguntas a los testigos del propietario. El propietario tiene que probar lo que declaró en la demanda para desalojarlo.

Después de que el propietario termine de presentar su caso, le tocará a usted contar su versión de los hechos. Tendrá la misma oportunidad de mostrarle pruebas a la corte y presentar testigos

El fallo

Después de que usted y su propietario presenten sus casos, el juez o jurado decidirá lo que debería pasar. Decidirán si usted se tiene que mudar o no, si debe dinero y, en ese caso, cuánto debe. Esa decisión debería basarse en la ley y en quién tiene las pruebas más creíbles. A veces puede haber un resultado combinado. El juez o jurado pueden decidir algunas cosas a favor de ambos usted y su propietario.

Si una de las partes gana claramente, puede pedirle que la otra parte pague parte de sus costos del caso. El monto de los costos está determinado por la ley. Sin embargo, las dos partes son responsables por sus propias cuotas legales.

Alternativas a ir a la corte

Usted y el propietario pueden llegar a un acuerdo o resolución en cualquier momento antes de acudir a la corte. Si no pueden resolverlo ustedes mismos pero no quieren acudir a la corte, es posible que puedan acudir a una mediación y trabajar con un tercero neutral para llegar a un acuerdo.

Si llegan a un acuerdo después de presentada la denuncia, ambos pueden firmar un fallo de desestimación condicional o un fallo por consentimiento.

Una desestimación condicional es un acuerdo en el que las partes acuerdan que se desestime el caso siempre que ambas partes cumplan con el acuerdo. Si el inquilino no cumple con el acuerdo, el propietario puede regresar y obtener un fallo contra el inquilino. Una desestimación condicional mantiene una sentencia de desalojo fuera del historial de vivienda y del informe crediticio del inquilino siempre que cumpla con el acuerdo. Esto puede facilitar que un inquilino encuentre otra vivienda en el futuro. Puede utilizar el formulario de Orden de consentimiento para desestimación condicional para este tipo de acuerdo.

Un fallo por consentimiento es un acuerdo en el que las partes acuerdan que el propietario obtiene un fallo contra el inquilino en los términos acordados. Esto significa que una sentencia por consentimiento luce peor en el historial de un inquilino que un despido condicional porque se dicta una sentencia contra el inquilino. Esto puede dificultar que un inquilino encuentre otra vivienda en el futuro. Puede utilizar el formulario de Fallo para este tipo de acuerdo

Si llegan a un acuerdo después de que se presentó la demanda, los dos pueden firmar un fallo por consentimiento, o ponerse de acuerdo para que se despida el caso una vez que uno o ambos hayan hecho algo para resolver el problema.

Si llegan a un acuerdo, comuníquese con la corte para ver si todavía necesita ir a la audiencia para informarle a la corte sobre el acuerdo. Si no lo hace, podría recibir un fallo por falta de comparecencia en su contra, lo cual podría resultar en el desalojo y una orden diciendo que tiene que pagar dinero.

Lea Negociaciones en caso de desalojo para aprender más. 

Para obtener información sobre lo que pasa después de que se emita un fallo en el caso, lea El desalojo después de ir a la corte.