Quiero cambiar mi nombre

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Hay muchos pasos involucrados en cambiar su nombre. Estos pasos incluyen:

  • presentar su petición completa
  • pago de honorarios
  • publicar un aviso (en la mayoría de los casos), y
  • asistir a una audiencia (en algunos casos)

Lea este artículo para obtener más información sobre el proceso.

Si se está divorciando

Si cambió su apellido al apellido de su cónyuge cuando se casó y ahora se está divorciando, puede pedirle al juez que le permita cambiar su apellido como parte de su divorcio. Lea Cómo finalizar su divorcio en Michigan si no tiene hijos menores de edad y Cómo finalizar su divorcio en Michigan si tiene hijos menores de edad para obtener más información sobre cómo cambiar su nombre como parte de su divorcio.

El proceso y los requisitos

Presente una Petición de cambio de nombre para empezar el proceso de cambiar su el nombre. Puede usar la herramienta Hágalo usted mismo: Cambio de nombre para completar su petición. 

Junto con la otra información que tiene que incluir en su petición, tiene que decir por qué quiere cambiar su nombre. No puede cambiar su nombre por razones fraudulentas. Las razones fraudulentas incluyen querer engañar a los acreedores u ocultar sus antecedentes penales.

Haga una copia de la petición una vez que la haya llenado. Presente la petición original en la corte de circuito en el condado donde vive. Tiene que haber vivido en ese condado durante por lo menos un año antes de presentar su petición. Tendrá que pagar $175 para presentar su petición. Si no puede pagarlo, puede pedirle a la corte que exima la cuota. Lea el artículo Exenciones de cuotas en casos de la corte para obtener más información sobre las exenciones de cuotas.

Si es menor de edad

Si es un menor de edad que tiene por lo menos 14 años de edad puede pedirle al juez que le cambie su nombre, pero sus dos padres tienen que estar de acuerdo. Si el padre no custodial se opone al cambio de nombre, es posible que el juez apruebe el cambio de nombre si ese padre:

  • Tuvo la capacidad de pagar la manutención, pero no le brindó una manutención sustancial durante los últimos dos años, Y tuvo la capacidad de visitarlo o comunicarse con usted, pero no ha tenido un contacto sustancial con usted en los últimos dos años,
  • Fue condenado por abuso infantil o un delito de agresión sexual y usted o uno de sus hermanos fue la víctima, O
  • Fue condenado por asesinato en primer o segundo grado.

Su padre sin custodia debe recibir notificación legal de la audiencia y tener la oportunidad de objetar el cambio de nombre propuesto. Si no sabe la dirección de su padre sin custodia o si falta su padre sin custodia, debe incluir su nombre en el Aviso de audiencia que se publicará. El aviso también debe decir que "El resultado de la audiencia puede impedir o afectar el interés de [nombre de su padre sin custodia] en el asunto". 

Si uno de sus padres falleció y el otro padre tiene la custodia, ese padre tiene que estar de acuerdo con su cambio de nombre. Si ese padre no tiene custodia de usted, igual tiene que notificarle a su padre sobre el cambio de nombre propuesto y la fecha de audiencia.

Si sus dos padres fallecieron, su tutor legal tiene que estar de acuerdo con el cambio de nombre. Tiene que presentar las cartas de tutela junto con su Petición de cambio de nombre.

Si tiene antecedentes penales

Al presentar su petición, los formularios le solicitarán que informe sobre sus antecedentes penales. Debe ser lo más honesto posible. Tras recibir su solicitud, la corte podría realizar una búsqueda en ICHAT para confirmar si tiene antecedentes penales.

Tener antecedentes penales no significa que no pueda cambiar su nombre. Podría significar que la corte programará una audiencia para decidir si está intentando utilizar su cambio de nombre para ocultar sus antecedentes penales. Puede explicar las verdaderas razones de su cambio de nombre en la audiencia.

Si el juez concede su cambio de nombre, la orden se enviará a la policía estatal y, posiblemente, a:

  • El departamento de correcciones si se encuentra actualmente en prisión, en libertad condicional o si estuvo en prisión durante los últimos dos años;
  • El alguacil (sheriff) del condado donde fue condenado por última vez, si estuvo en una cárcel del condado en cualquier momento durante los últimos dos años; o
  • Una corte que tenga jurisdicción sobre usted. Una corte tiene jurisdicción sobre usted si usted fue el demandante (o peticionario) o el demandado (o demandado) en un caso ante esa corte.

Aviso de Publicación del Cambio de Nombre

El Proceso

La mayoría de los avisos de audiencias de cambio de nombre deben publicarse en un periódico local. Esto les da a las personas que su cambio de nombre puede afectar la oportunidad de objetarlo. Puede usar la herramienta Hágalo usted mismo: Cambio de nombre para obtener su formulario de Publicación de notificación de audiencia.

Si publicar el aviso sería peligroso o dañino, puede pedirle al juez que no lo publique. Para obtener más información, lea Cómo pedirle al juez que NO publique el aviso de cambio de nombre a continuación.

Algunas cortes trabajan con las Noticias Legales (Legal News)locales para su publicación. En estas cortes, se envía una copia del formulario de Publicación de Aviso de Audiencia a las Noticias Legales para que lo publique cuando lo presente. Noticias Legales facturará el monto adeudado. Después de pagar la tarifa, Noticias Legales le enviará por correo la Declaración Jurada de Publicación original. Preséntelo en la corte.

Otras cortes requieren que se comunique con un periódico local para publicar su aviso. Pídale al periódico que publique su aviso de inmediato.

Después de que el periódico local publique su aviso de cambio de nombre, envíe una copia del aviso publicado y la declaración jurada de publicación a la corte. El periódico debe completar la Declaración Jurada de Publicación, no usted. La Declaración jurada de publicación debe enumerar las calificaciones del periódico y la fecha o fechas en que se publicó el aviso.

La mayoría de los periódicos tienen un formulario de declaración jurada estándar que utilizan. Si el periódico que publica su aviso no lo hace, puede enviarle este Formulario de Declaración Jurada de Publicación.

El juez no firmará la orden otorgando su cambio de nombre sin el aviso publicado y la Declaración Jurada de Publicación.

El aviso debe publicarse antes de la audiencia de cambio de nombre, si hay una. Según el condado en el que viva, el aviso debe publicarse entre dos y ocho semanas antes de la audiencia. Algunas cortes requieren que consulte con ellos tres días antes de su audiencia para asegurarse de que recibieron la información de publicación. Puede ponerse en contacto con su corte de circuito local para conocer sus requisitos de publicación. Utilice la sección Cortes y Agencias de este sitio web para obtener información de contacto de su corte de circuito local.

Cuotas de publicación y exenciones de cuotas

Generalmente se cobra una cuota por publicar un aviso de cambio de nombre. Algunos periódicos también cobran una cuota por la Declaración jurada de publicación. Los precios dependen de su condado y del periódico.

Si obtiene una exención de cuotas, la corte deberá pagar los costos de publicación y declaración jurada. Lea Exenciones de cuotas en casos de la corte para obtener más información sobre las exenciones de cuotas.

 

Cómo pedirle al juez que NO publique el aviso de cambio de nombre

Si tiene una buena razón por la que no quiere publicar el aviso del cambio de nombre, puede pedirle al juez que mantenga confidencial el registro de los procedimientos. La herramienta de Hágalo usted mismo: Cambio de nombre le dará los formularios que necesita.

Debe demostrar que existe una “buena causa” para no publicar. La herramienta Hágalo usted mismo: Cambio de nombre incluye opciones para explicar que existe una buena causa para cualquiera de estos motivos:

  • Publicar pondría a alguien en peligro físico;
  • Publicar pondría a alguien en riesgo de discriminación (por ejemplo, discriminación contra personas transgénero); y/o
  • Publicar sería dañino por otra razón importante.

Después de presentar su petición, el juez puede estar de acuerdo o en desacuerdo con su petición. Si el juez está de acuerdo y concede su solicitud, puede continuar con el proceso de cambio de nombre sin publicar. (Tenga en cuenta que si un menor está cambiando su nombre y uno de sus padres no tiene una dirección conocida, es posible que aún tenga que publicar los nombres de los padres).

Si el juez decide no conceder su solicitud por escrito, tiene tres opciones:

  • Puede publicar el aviso de cambio de nombre y continuar con el proceso.
  • Puede detener el proceso de cambio de nombre. Puede volver a presentarla en el futuro si lo desea.
  • Puede solicitar una audiencia especial sobre la publicación. En la audiencia de publicación, usted explica por qué la publicación del aviso del cambio de nombre sería perjudicial. Si el juez aún no está de acuerdo con usted, tendrá otra oportunidad de elegir una de las dos opciones anteriores.

Para obtener instrucciones paso a paso, vaya a Cómo solicitar un cambio de nombre y encuentre las instrucciones que se aplican a usted.

La audiencia de cambio de nombre

No todos tendrán una audiencia. Tras revisar su petición, la corte decidirá si programa una audiencia o si dicta una orden de cambio de nombre sin audiencia.

El día de la audiencia debe llevar todos los documentos relacionados con su cambio de nombre. Siempre es buena idea tener dos copias de los documentos, para poder darle una copia al juez.

En la audiencia, el juez probablemente le hará preguntas sobre la información en su petición. El juez también le dará a cualquier persona que se oponga a su cambio de nombre la oportunidad de hablar sobre las razones por las que se opone.

Si se aprueba su petición, el juez llenará y firmará la orden para cambiar su nombre. La orden es uno de los formularios que obtuvo por usar la herramienta Hágalo usted mismo: Cambio de nombre. Tiene que pagar una cuota de $10 para que la corte emita la orden. Si quiere una copia certificada de la corte tendrá que pagar $10 adicionales.

Si el juez ordenó que sus registros de cambio de nombre se mantengan confidenciales, los registros se guardarán en un sobre sellado marcado como confidencial y se colocarán en un archivo privado. Solo usted tendrá acceso a estos registros a menos que el juez ordene lo contrario.

Cambios al apellido de la familia

Cuando solicita cambiar su propio nombre, también puede pedirle al juez que cambie el nombre de su hijo o el apellido de toda su familia usando la misma petición. Se aplican las mismas reglas generales.

Complete y presente la Petición de cambio de nombre ante la división familiar del tribunal de circuito del condado donde viven usted y su hijo o familia. Cualquiera que figure en la petición debe haber vivido en ese condado durante al menos un año. Pagar las tarifas asociadas con un cambio de nombre. Publique el Aviso de audiencia (a menos que el juez ordene que su caso se mantenga confidencial).

Si actualmente no vive con el otro padre de su hijo, debe notificar al otro padre de su hijo.

Si el padre sin custodia de su hijo se opone al cambio de nombre propuesto, para que se apruebe el cambio de nombre, debe probar que el padre:

  • Tuvo la capacidad de pagar, pero no le proporcionó a su hijo una manutención sustancial durante los últimos dos años, Y tuvo la capacidad de visitar o contactar a su hijo, pero no ha tenido un contacto sustancial con su hijo en los últimos dos años;
  • Fue condenado por abuso infantil o un delito de agresión sexual y su hijo o uno de los hermanos de su hijo fue la víctima; O
  • Fue condenado por asesinato en primer o segundo grado.

Cualquier niño menor de edad que figure en la petición que tenga 14 años o más debe aceptar el cambio de nombre y firmar el formulario de Consentimiento del menor para el cambio de nombre. Si alguno de los niños que figuran en la petición tiene menos de 14 años (por lo general, siete años o más), el juez decidirá si el niño es capaz de expresar una preferencia y considerará los deseos de ese niño.

Después de su cambio de nombre

No se cambiarán automáticamente todos los documentos con su nombre anterior. Para obtener más información sobre lo que debe hacer después del cambio de nombre, lea el artículo Después de su cambio de nombre.

Encontrar un abogado

Es posible que decida que le conviene tener un abogado para ayudarle con su caso. Si tiene bajos ingresos es posible que sea elegible para servicios legales gratis. Sin importar sus ingresos puede usar la Guía de ayuda legal para encontrar abogados en su zona. Si no es elegible para servicios legales gratis y no puede pagar cuotas legales altas, le puede convenir contratar un abogado para ayudarle con partes de su caso, en vez de todo. Esto se llama representación de alcance limitado (limited scope representation, o LSR). Para obtener más información, lea La representación de alcance limitado (LSR): una manera más económica de contratar un abogado.

Para encontrar una lista de abogados que ofrecen LSR, haga clic en este enlace de Búsqueda de abogados del Colegio de Abogados del Estado de Michigan (State Bar of Michigan Lawyer Directory). Puede limitar los resultados a abogados en su área si llena su condado, ciudad, o código postal en la parte superior de la página donde dice "city, state, or zip.” También puede limitar los resultados por tema si llena el tipo de abogado que necesita (divorcio, patrimonio, etc.) en la parte donde dice “name or practice area.” Si desea encontrar abogados que hablen español, haga clic en "languages" (idiomas) y escriba “Spanish” (español).