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La manutención de los hijos vencida se llama “atrasos”. Podría ser una deuda que usted tiene con una persona (el beneficiario), el estado o ambos. Si le debe dinero a una persona, probablemente sea el otro padre o tutor de su hijo. Es posible que deba atrasos al estado si su hijo o el hogar de su hijo recibe beneficios públicos o los recibió mientras a usted se le ordenó pagar manutención infantil.
Es posible que su hijo tenga más de 18 años, pero es posible que aún deba atrasos. O puede que esté pagando manutención actual y también deba atrasos. Incluso si está al día con los pagos de manutención actuales, deber manutención infantil anterior puede crearle problemas.
Si no puede pagar los atrasos, hay dos formas diferentes de solicitar que se cancele (cancele) parte de ellos. Si debe atrasos únicamente al Estado de Michigan, puede enviar el formulario de Solicitud para cancelar la deuda estatal al Amigo de la corte. O si debe atrasos a una persona, al estado o a ambos, puede presentar una moción pidiéndole a la corte que le permita completar un plan de pago para pagar parte de los atrasos y luego cancelar el resto de los atrasos. Obtenga más información sobre estas opciones a continuación.
¿Qué sucede si no pago los atrasos?
Si debe pagos atrasados, la corte puede utilizar diferentes métodos para exigir el pago. Estos incluyen, entre otros:
- Suspender su licencia de conducir, licencia ocupacional, licencia recreativa o licencia deportiva
- Imponer gravámenes sobre su propiedad real o personal
- Embargar sus reembolsos de impuestos federales y estatales
- Negarle un pasaporte
- Embargar su salario y otras ganancias
- Embargar su vehículo, bote u otro artículo de valor
- Enviarle a la cárcel
- Ponerle bajo la supervisión de un Amigo de la corte por un período determinado por la corte con ciertas condiciones. Estas condiciones podrían incluir exigirle que participe en un programa para padres o un programa de trabajo, que participe en asesoramiento sobre drogas, alcohol u otro tipo de asesoramiento y que busque empleo.
¿Qué sucede si no puedo pagar los atrasos?
Hay dos formas de solicitar la condonación (cancelación) de los atrasos. Puede completar el formulario de Solicitud de cancelación de deuda que se le debe al estado para pedirle al Amigo de la corte (Friend of the Court, FOC) que cancele la deuda de manutención que debe únicamente al estado de Michigan. O si debe pagos atrasados a una persona, al estado o a ambos, puede presentar una moción para solicitarle a la corte que le permita completar un plan de pago para pagar parte de los pagos atrasados y luego cancelar el resto de los pagos atrasados.
Solicitud de cancelación de deuda con el estado
Si tiene deudas atrasadas con el estado únicamente, puede resultar más fácil presentar una Solicitud de cancelación de deuda con el estado que presentar una moción. Puede completar este formulario y enviarlo a la oficina del Amigo de la Corte en la corte que dictó la orden de manutención de menores. Después de que el Amigo de la Corte revise su solicitud, es posible que le pida que complete más documentación o que proporcione pruebas de la información que proporcionó. El personal del FOC también puede programar una reunión de seguimiento con usted en persona o por teléfono.
El Amigo de la Corte cancelará todos los atrasos adeudados al estado en cualquiera de las siguientes situaciones:
- Está en prisión de por vida sin posibilidad de libertad condicional.
- Está en prisión con una fecha de liberación más temprana de 10 años o más en el futuro y su hijo menor en su caso de manutención de menores tiene al menos 18 años.
- Recibe SSI y se ha determinado que tiene una discapacidad permanente.
- No recibe SSI, pero reclama una discapacidad médica permanente y la corte le ha designado un tutor o ha determinado que es una persona incapacitada.
- Recibe SSI, no se ha determinado que tiene una discapacidad permanente, han pasado 10 años desde la primera determinación de SSI y actualmente no se le cobra la manutención de los hijos.
El Amigo de la corte puede cancelar los atrasos adeudados al estado total o parcialmente en cualquiera de estas circunstancias:
- Ahora vive en el mismo hogar que el beneficiario y el niño o los niños, y tener que pagar la totalidad de los atrasos que le debe al estado privaría a los niños de los ingresos necesarios y crearía una dificultad para su familia.
- Ahora tiene la custodia física de los niños, y el pago de la totalidad de los atrasos que debe al estado privaría a los niños de los ingresos necesarios y crearía una dificultad para su familia.
- Tiene gastos médicos extraordinarios para usted o un miembro de su familia, y el pago de la totalidad de los atrasos que debe al estado crearía una dificultad para su familia.
- No tiene trabajo, ha agotado los beneficios de desempleo o no es elegible y tiene activos e ingresos limitados. La oficina del FOC puede pedirle que participe en un programa de empleo.
- Ha estado haciendo una o más de las siguientes cosas durante al menos 30 días: viviendo en un refugio para personas sin hogar a largo plazo, participando en un programa para personas sin hogar a largo plazo y/o viviendo en un programa de vivienda transitoria o de apoyo.
- Está viviendo en o cerca del nivel de pobreza.
Si debe pagos atrasados en órdenes de la corte en más de un condado, deberá presentar un formulario completo en cada oficina de FOC donde esté solicitando una condonación de la deuda que le debe al estado. El FOC considerará su solicitud y decidirá si condona alguna parte de la deuda.
Si el FOC no puede condonar los pagos atrasados después de revisar su Solicitud de condonación de deuda que debe al estado, aún puede presentar una moción ante la corte solicitando un plan de pago y la condonación de los pagos atrasados restantes. Lea la siguiente sección para obtener más información.
Moción para un plan de pago y la condonación de los atrasos restantes
Si debe atrasos al estado, a una persona o a ambos, puede presentar una moción ante la corte de circuito solicitando un plan de pago y la condonación de los atrasos restantes. Puede utilizar la herramienta Hágalo usted mismo: Moción para solicitar un plan de pagos (deuda de manutención infantil) por su cuenta para presentar su moción. Si debe atrasos en más de un caso en la corte de familia, debe presentar una moción en cada caso en el que desee solicitar un plan de pago y la condonación de los atrasos.
Al presentar esta moción, le está pidiendo al juez que le permita pagar una cantidad fija de los atrasos durante una cierta cantidad de meses y luego condonar (cancelar) los atrasos restantes después de que termine esos pagos.
Atrasos que le debe a una persona
Si debe atrasos a una persona, como el otro padre de su hijo, el juez puede conceder su moción solo si esa persona (el beneficiario) acepta el plan de pago y la condonación de los atrasos. El beneficiario no puede ser amenazado, intimidado ni acosado para que acepte. Si el beneficiario no acepta, el juez no puede conceder su moción.
El juez también debe encontrar las dos cosas siguientes:
- Los atrasos no surgieron simplemente porque usted estaba tratando de evitar pagar la manutención.
- Aprobar el plan de pago es lo mejor para las partes y los niños.
El beneficiario puede presentar una Respuesta a la Moción sobre el Plan de Pago/Anulación de los Atrasos. Incluso si el beneficiario acepta lo que usted solicitó en su moción, de todas maneras debe asistir a la audiencia de la corte. Para obtener más información sobre qué esperar en la audiencia, lea las instrucciones en Deuda de manutención infantil - Obtenga un plan de pago y cancele parte de su deuda.
Atrasos que le debe al estado de Michigan
Si debe atrasos al estado, el juez puede conceder su moción solo si:
- Los atrasos no surgieron simplemente porque usted estaba tratando de evitar pagar la manutención;
- No tiene la capacidad actual para pagar los atrasos sin un plan de pago y no tendrá la capacidad de pagarlos en el futuro previsible;
- El plan de pago requerirá que pague una parte razonable de los atrasos durante un período de tiempo razonable considerando su capacidad actual de pago;
- Le notificó a la Oficina de Manutención Infantil (Office of Child Support, OCS) una copia de su moción al menos 56 días antes de la audiencia; y
- Es en el mejor interés de las partes y los niños aprobar el plan de pago.
La Oficina de Manutención Infantil puede presentar comentarios por escrito para que el juez los considere. Si comentan, utilizarán el formulario DHS-986 para decir si apoyan su plan de pago propuesto o se oponen a él, y por qué. La OCS enviará una copia de este formulario a la corte dentro de los 56 días posteriores a la recepción de su moción. La OCS también enviará copias de este formulario al Amigo de la Corte y a todas las partes en su caso.
La OCS apoyará (estará de acuerdo) con su plan de pago solo si:
No le debe atrasos de manutención a una persona; O
Según su plan de pago propuesto, el estado recibiría pagos por los atrasos que le debe después de que haya pagado todos los atrasos que le debe a una persona, o la persona haya renunciado a los atrasos que le debe; O
Cualquiera de los siguientes: (1) Demuestra que desea realizar pagos por sus atrasos pero no puede pagar el 15 % de sus ingresos y aún así pagar sus gastos de manutención; o (2) Recibe ingresos sujetos a verificación de recursos o Seguridad de Ingreso Suplementario (Supplemental Security Income).
Los ingresos sujetos a verificación de recursos son asistencia pública basada en tener bajos ingresos. Incluyen:
- Programa de asistencia alimentaria a través del estado de Michigan (también conocido como FAP o SNAP)
- Medicaid (incluidos Healthy Michigan, CHIP y ESO)
- Programa de independencia familiar a través del estado de Michigan (también conocido como FIP o TANF)
- Beneficios para mujeres, bebés y niños (WIC)
- Ingreso de seguridad suplementario a través del gobierno federal (SSI)
- Otros tipos de asistencia pública basados en tener bajos ingresos
Para que la OCS respalde su plan de pago propuesto, también debe demostrar que no puede pagar el monto total de los atrasos. Cuando tenga su audiencia en la corte, deberá proporcionar registros para verificar sus ingresos y activos.
¿Cuánto debo pagar al estado?
La OCS puede respaldar un plan de pago en el que acepte pagar un monto inferior al 15 % de su ingreso mensual si demuestra que:
- Recibe ingresos sujetos a verificación de recursos o SSI, o
- No puede pagar el 15 % de su ingreso para los atrasos y aún así pagar sus gastos de manutención.
La OCS recomendará un pago mensual de $0 por los pagos atrasados que debe al estado si:
- Demuestra que recibe ingresos sujetos a verificación de recursos o SSI y
- No tiene ningún otro ingreso o activo.
De lo contrario, su plan de pago propuesto debe indicar que pagará un monto que sea igual o mayor al 15 % de su ingreso mensual.
¿Cuántos meses debe durar el plan de pago?
Si su ingreso es igual o inferior al nivel federal de pobreza, la OCS puede respaldar un plan que requiera pagos durante al menos 24 meses. Si su ingreso es superior al nivel federal de pobreza, la OCS puede respaldar un plan que requiera pagos durante al menos 24 meses más un mes adicional por cada $1,000 por encima del nivel de pobreza que gane cada año.
Si la OCS no le proporciona al juez ningún comentario antes de la fecha de la audiencia, el juez puede aprobar o rechazar la solicitud de un plan de pago o tomar otra medida. El juez puede solicitar comentarios a la OCS. O bien, el juez puede designar a alguien para que revise sus activos y su plan de pago propuesto. Esta persona le recomendaría al juez si aprueba o no el plan que propone. También podría proponer un plan de pago diferente. El juez puede darle a esta persona el poder de usar sus activos para completar el plan de pago y monitorear su progreso. El juez también puede ordenarle que pague a esta persona por sus servicios.
Atrasos que se le deben a una persona y al estado de Michigan
Es posible que deba atrasos tanto a una persona como al estado. El juez analizará cada tipo de atraso por separado. Si califica para un plan de pago por un tipo de atraso pero no por el otro, el juez puede conceder solo una parte de su moción.
Otros requisitos
Si el juez aprueba un plan de pago, la orden puede enumerar algunas condiciones que requieren que participe en diferentes programas o asesoramiento. Esto podría incluir participar en:
- Un programa para padres
- Asesoramiento sobre drogas y alcohol
- Clases de manejo de la ira o un programa de intervención para agresores
- Un programa de trabajo
- Asesoramiento
Otra condición puede ser continuar cumpliendo con su orden de manutención actual.
¿Qué sucede después?
Si el juez concede su petición, luego de que termine de realizar los pagos conforme al plan de pago, deberá programar otra fecha de audiencia y notificar debidamente a la otra parte o partes. Para obtener más información, lea las instrucciones en Deuda de manutención infantil - Obtenga un plan de pago y cancele parte de su deuda.
¿Puede volver a deber los atrasos después de que se hayan liquidado?
En algunas situaciones, puede volver a deber el/los atraso(s). Si un juez concedió su petición para que se liquidaran los atrasos y luego recibió una gran cantidad de dinero mientras aún estaba haciendo los pagos del plan de pago, los atrasos podrían volver a reinstalarse. Por ejemplo, esto podría suceder si recibió una herencia, un acuerdo en virtud de una póliza de seguros o una sentencia en una acción civil, o si ganó la lotería. Los atrasos también pueden volver a establecerse si un beneficiario que renunció a los atrasos que se le debían comienza a recibir asistencia pública mientras el plan de pago está pendiente.
Los atrasos no se restablecerán automáticamente. El beneficiario o el estado deben presentar una petición y demostrar que hay una buena causa para restablecer los atrasos. Pero los atrasos no pueden volver a pagarse después de que complete el plan de pago y el juez liquide los atrasos restantes.
Si presentó una Solicitud para cancelar una deuda que debe al estado ante el Amigo de la Corte y cancelaron sus atrasos, los atrasos no se pueden restablecer si sus circunstancias cambian o si recibe una ganancia financiera inesperada. Pero si proporcionó información incorrecta, incompleta o falsa al FOC para cancelar sus atrasos, cualquier atraso cancelado como resultado de la declaración falsa se puede restablecer.
¿Qué sucede con la manutención infantil que aún se está cobrando?
Si los nuevos pagos de manutención de los hijos aún se están cobrando en su caso de la corte, usted es responsable de pagarlos, incluso si se cancelaron sus atrasos. Si el monto de la manutención de los hijos es demasiado alto, puede solicitar que se cambie. Para obtener más información, lea ¿Cómo cambiar una orden de manutención de menores?
¿Cómo encontrar un abogado?
Es posible que decida que le conviene tener un abogado para ayudarle con su caso. Si tiene bajos ingresos es posible que sea elegible para servicios legales gratis. Sin importar sus ingresos puede usar la Guía de ayuda legal para encontrar abogados en su zona. Si no es elegible para servicios legales gratis y no puede pagar cuotas legales altas, le puede convenir contratar un abogado para ayudarle con partes de su caso, en vez de todo. Esto se llama representación de alcance limitado (limited scope representation, o LSR). Para obtener más información, lea La representación de alcance limitado (LSR): una manera más económica de contratar un abogado.
Para encontrar una lista de abogados que ofrecen LSR, haga clic en este enlace de Búsqueda de abogados del Colegio de Abogados del Estado de Michigan (State Bar of Michigan Lawyer Directory). Puede limitar los resultados a abogados en su área si llena su condado, ciudad, o código postal en la parte superior de la página donde dice "city, state, or zip.” También puede limitar los resultados por tema si llena el tipo de abogado que necesita (divorcio, patrimonio, etc.) en la parte donde dice “name or practice area.” Si desea encontrar abogados que hablen español, haga clic en "languages" (idiomas) y escriba “Spanish” (español).