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Los casos penales pueden ser confusos para los acusados, las víctimas y los testigos. Las víctimas y los acusados tienen derecho a saber lo que está pasando en cada etapa de su caso. Este artículo repasa las partes de un caso penal en el orden que suceden.
Para obtener más información sobre los derechos de las víctimas, lea Sus derechos como víctima de un delito. Para obtener más información sobre el acusado en un caso penal, lea Me arrestaron o me acusaron de un delito.
La policía investiga la denuncia de un delito
Cuando alguien denuncia un delito, la policía lo investigará. Dependiendo del delito y dónde sucedió, la entidad a cargo de la investigación podría ser la policía municipal, el alguacil del condado o el Departamento de Policía Estatal de Michigan. Es posible que, en algunos casos, además participe el Buró Federal de Investigaciones (Federal Bureau of Investigations, o FBI).
En general, las investigaciones penales consisten en reunir pruebas e inspeccionar la escena del delito. Además, los agentes de policía entrevistarán a las víctimas, los testigos y los sospechosos. Un sospechoso es una persona sospechada de cometer un delito.
La policía obtiene una orden
Durante la investigación, la policía trabajará con el fiscal local para obtener órdenes de registro y de arresto.
Las órdenes de registro
La policía puede solicitar órdenes de registro para encontrar pruebas relacionadas con un delito. Las órdenes de registro pueden permitir que la policía registre muchas cosas distintas. Algunos ejemplos son:
- Una casa u otra propiedad privada
- Dispositivos electrónicos que se usan para comunicarse o almacenar información, como los teléfonos celulares y las computadoras
- Muestras de sangre o ADN
El fiscal puede examinar una orden, pero solo un juez puede firmar las órdenes. Algunos magistrados también pueden firmar órdenes. El juez o magistrado firmará una orden si determina que hay causa probable.
La orden dirá qué puede registrar la policía. Si la policía registra un área que no se mencionó en la orden, es posible que no se permita que se presenten las pruebas que reunieron en la corte. Puede ser complicado presentar un argumento para excluir una prueba de un caso. Si tiene preguntas sobre cómo se reunieron las pruebas, debe hablar con un abogado penal. Use la Guía de ayuda legal para encontrar abogados en su zona.
Las órdenes de arresto
Si un agente de policía ve a alguien cometiendo un delito, puede arrestar a la persona sin tener una orden. Si un agente de policía encuentra causa probable de que el sospechoso cometió el delito, puede arrestar a esa persona. Los agentes de policía también pueden emitir una citación en la escena del delito por delitos menores e infracciones civiles. Estas citaciones tendrán instrucciones para comparecer ante la corte para la lectura de cargos. Para todos los demás delitos, un agente de policía tiene que obtener una orden para arrestar a un sospechoso. Al igual que las órdenes de registro, las órdenes de arresto solo se emiten si hay causa probable. El fiscal puede examinar la orden, pero solo un juez o magistrado puede firmar las órdenes. El juez o magistrado firmará una orden si determina que hay causa probable de que la persona cometió el delito.
En algunos casos, el fiscal puede pedirle al juez que emita una citación para el sospechoso en lugar de pedir una orden de arresto. Esto significa que en lugar de arrestarla, ordenan a la persona a comparecer ante la corte. Si la persona no comparece ante la corte, el fiscal solicitará una orden de arresto o le pedirá al juez que ordene una audiencia para presentar motivos justificativos. Una audiencia para presentar motivos justificativos permite que el sospechoso explique por qué no compareció ante la corte.
El arresto y la lectura de cargos del sospechoso
La policía puede arrestar a un sospechoso si tiene causa probable o una vez que el juez o magistrado firme la orden de arresto. Sin embargo, esto tal vez no suceda inmediatamente si la policía no puede encontrar al sospechoso.
Cuando un agente de policía arresta a un sospechoso, tiene que informarle sobre sus “derechos Miranda”. La versión más común de los derechos Miranda es: “Tiene derecho a guardar silencio. Cualquier cosa que diga puede y será usada en su contra en una corte de justicia. Tiene derecho a tener un abogado. Si no tiene para pagarle a un abogado, le asignarán uno”. Puede haber otras versiones que presentan los derechos de un sospechoso de otra manera.
Después de arrestar al sospechoso, habrá una lectura de cargos. Esto significa que el sospechoso irá a la corte y le dirán cuáles son los cargos penales en su contra, y la pena máxima que puede recibir. Después de la lectura de cargos, el sospechoso se convierte en el acusado del caso. Además, durante la lectura de cargos, el juez informará al acusado de su derecho a tener un juicio por jurado y a tener un abogado nombrado por la corte. Esto significa que si el acusado no puede pagarle a un abogado, la corte nombrará a un defensor público para que lo represente sin cargo. Aunque el abogado será gratis, el acusado tendrá que pagar todas las cuotas de la corte y cualquier multa que imponga el juez.
Los acusados tienen derecho a ser representados por un abogado en cada etapa de un juicio penal.
La fianza
Durante la lectura de cargos, el juez puede fijar la fianza y las condiciones de libertad. La fianza es dinero u otros bienes que el acusado tiene que darle a la corte para que lo liberen de la cárcel durante el caso penal.
La fianza es la promesa que hace el acusado de ir a la corte cuando sea necesario. Hay cuatro tipos comunes de fianza:
- Fianza bajo palabra: se libera al acusado solo con la promesa de que volverá a la corte cuando sea necesario (no paga nada).
- Fianza en efectivo: el juez fija un monto de fianza que el acusado debería pagar por completo antes de que lo liberen con la promesa de que volverá a la corte cuando sea necesario.
- Fianza del diez por ciento: el acusado solo tiene que pagar el 10 % del monto total de la fianza para ser liberado con la promesa de que volverá a la corte cuando sea necesario. Si no vuelve a la corte, el acusado será cobrado el otro 90 % del monto de la fianza.
- Fianza garantizada: un fiador de fianzas le promete a la corte que el acusado comparecerá en la corte cuando sea necesario. El fiador tiene que probar que pagará el monto total de la fianza si el acusado no vuelve a la corte.
Aunque el acusado comparezca en la corte cuando sea necesario, la corte podría quedarse con cualquier dinero en efectivo u otros bienes que entregó el acusado para pagar las cuotas y multas de la corte. El acusado recibirá cualquier parte de la fianza que no se use para pagar los costos de la corte.
Si el acusado no comparece ante la corte, lo pueden arrestar, puede perder el dinero o los bienes que le dio a la corte para la fianza y tener que pagar el resto de la fianza. Es posible que quede detenido en la cárcel durante el proceso de la corte para garantizar que vaya a sus audiencias.
En algunos casos penales no se puede fijar una fianza, o el juez tal vez rechace el pedido de libertad bajo fianza. Esto significa que el acusado tendrá que permanecer en la cárcel hasta que termine el juicio.
La diferencia entre la lectura de cargos para delitos menores y delitos graves
Todas las lecturas de cargos empiezan en la corte de distrito. Las personas acusadas de un delito grave terminarán en la corte de circuito del condado.
La lectura de cargos para delitos menores
Durante la lectura de cargos para delitos menores, si el acusado todavía no contrató y no tiene dinero para contratar a un abogado, puede pedir un abogado nombrado por la corte (defensor público). En la lectura de cargos, el acusado podrá hacer una declaración (plea). Esta declaración es una respuesta a los cargos. El acusado se puede declarar culpable, no culpable o sin disputa. Una declaración de “sin disputa” (que también se llama nolo contendere) significa que el acusado será declarado culpable, pero ni admite ni niega haber cometido el delito.
El acusado puede elegir “permanecer en silencio”, o sea no decir nada. De ser el caso, el juez tratará el silencio como una declaración de no culpable. Si el acusado permanece en silencio o se declara no culpable, se programará una conferencia previa al juicio.
Si el acusado se declara sin disputa o culpable, el caso avanzará a la etapa de sentencia. Dependiendo del cargo, el juez podría imponer la sentencia el día que se declara culpable, o en una fecha de sentencia más adelante. Cuando se programa la sentencia para más adelante, le da tiempo al departamento de libertad condicional para preparar un informe previo a la sentencia. El informe tendrá información sobre los antecedentes del acusado, el delito y las recomendaciones de sentencia.
La conferencia previa al juicio
La conferencia previa al juicio es una reunión entre un fiscal, el acusado y el abogado del acusado. Durante la reunión, decidirán si pueden llegar a un acuerdo de culpabilidad. Si no pueden llegar a un acuerdo, el caso avanzará a la etapa de juicio. Se puede finalizar el caso con un acuerdo de culpabilidad en cualquier momento. Esto significa que las partes pueden llegar a un acuerdo después de la conferencia previa al juicio, pero antes del juicio. Para más información sobre los juicios penales, lea la sección “El juicio” a continuación.
Si llegan a un acuerdo de culpabilidad, tendrán que presentárselo al juez para que lo apruebe. El juez puede aprobar o rechazar el acuerdo. Si el juez rechaza el acuerdo de culpabilidad, las partes pueden tratar de llegar a un acuerdo aceptable para el juez o pueden tener un juicio.
También es posible que el juez y el abogado del acusado lleguen a un acuerdo, aunque el fiscal no esté de acuerdo.
La lectura de cargos para delitos graves
Durante la lectura de cargos para un delito grave en la corte de distrito, el juez explica que el acusado tiene derecho a una audiencia preliminar (a veces le dicen “prelim”) dentro de los 14 días de la lectura de cargos. Además, el juez puede considerar la solicitud del acusado de tener un abogado nombrado por la corte. El acusado no presentará una declaración en este momento.
La conferencia previa a la audiencia preliminar (conferencia de causa probable)
Algunas cortes programan una conferencia varios días antes de la audiencia preliminar. Esta reunión es parecida a la conferencia previa al juicio en casos de delitos menores. Un fiscal se reunirá con el acusado y su abogado para ver si pueden llegar a un acuerdo de culpabilidad. Si no pueden llegar a un acuerdo, el caso avanzará a la etapa de juicio. Se puede finalizar el caso con un acuerdo de culpabilidad en cualquier momento. Esto significa que las partes pueden llegar a un acuerdo después de la conferencia previa a la audiencia preliminar, pero antes del juicio. Para más información sobre los juicios penales, lea la sección “El juicio” a continuación.
Si pueden llegar a un acuerdo de culpabilidad, tendrán que presentárselo al juez para que lo apruebe. Dependiendo de los pormenores del caso, es posible que el acuerdo de culpabilidad solo pueda ser aprobado por un juez de la corte del circuito. Si el juez lo rechaza, se programará un juicio.
La audiencia preliminar (prelim)
La audiencia preliminar es una audiencia ante un juez de la corte de distrito dentro de los 14 días de la lectura de cargos. A veces se llama una “audiencia de causa probable”. El fiscal tratará de convencer al juez de que hay causa probable (motivo fundado) de que el acusado cometió el delito. La carga de prueba es menor que en un juicio, así que es posible que el fiscal no presente todos los testigos.
El acusado o su abogado puede hacerles preguntas a los testigos (contrainterrogarlos). El acusado también puede presentar sus propias pruebas y presentar testigos para ayudar su caso. El acusado también puede renunciar su derecho a tener una audiencia preliminar.
Si hay una audiencia preliminar y el juez decide que no hay causa probable de que el acusado cometió el delito, el juez puede hacer lo siguiente:
- Enviar (consignar) el caso a la corte de circuito con cargos distintos
- Reducir los cargos a delitos menores que se tratarán en la corte de distrito
- Desestimar los cargos
Si el juez determina que hay causa probable y la corte está en un condado que tiene un sistema judicial unificado, la lectura de cargos se realizará en la corte de distrito. Si la corte está en un condado que no forma parte de un sistema judicial unificado, el juez de la corte de distrito enviará el caso a la corte de circuito.
La segunda lectura de cargos en la corte de circuito
Después de que se envíe el caso a la corte de circuito, el acusado tendrá otra lectura de cargos. Esta vez, le pedirán al acusado que haga una declaración. Es posible que haya una conferencia previa al juicio en la que el fiscal, el acusado y el abogado del acusado podrían llegar a un acuerdo de culpabilidad para no tener que ir a juicio. Podría haber otros procedimientos antes del juicio si hay otros asuntos que debe decidir el juez antes del juicio.
El juicio
En el juicio, el fiscal tiene que probar que el acusado cometió el delito más allá de toda duda razonable. Para hacerlo, el fiscal presentará testigos y otras pruebas.
El acusado no tiene que probar su inocencia, pero su abogado debería cuestionar las pruebas y los testigos del fiscal. El abogado del acusado también puede presentar sus propias pruebas y testigos.
Al final del juicio, ya sea el juez o el jurado considerará las pruebas y decidirá si el acusado cometió el delito. Ambos lados del caso tienen derecho a tener un juicio por jurado. Sin embargo, ambos lados también pueden ponerse de acuerdo para tener un juicio sin jurado. En un juicio sin jurado, el juez escuchará las pruebas y tomará una decisión en el caso sin un jurado.
La selección de jurados
La corte selecciona los posibles miembros del jurado al azar de una lista de personas del Secretario de Estado. En la corte, se elegirán 12 personas al azar para formar parte del jurado para casos de delitos graves. Hay seis miembros del jurado en casos de delitos menores.
El juez, el fiscal y el abogado del acusado les harán preguntas sobre sus antecedentes y creencias a los posibles miembros del jurado. Este proceso se llama voir dire. El fiscal y el abogado del acusado pueden excluir una cantidad limitada de personas del jurado sin dar una razón. Estas exclusiones se llaman recusaciones sin causa. También pueden excluir todas las personas que quieran si hay motivo justificado (una buena razón). Si se excluye a un miembro del jurado durante este proceso, lo reemplazará un suplente. Este proceso continúa hasta que la corte tiene la cantidad de miembros del jurado necesaria.
Luego, el juez hará que el jurado preste juramento y les dará instrucciones básicas sobre el proceso del juicio. El juez podría empezar el juicio en ese momento o programar su inicio para poco tiempo después.
Las declaraciones de apertura y la presentación de pruebas
Al principio del juicio, el fiscal hará una declaración de apertura. Esto significa que el fiscal hará un resumen de su caso y hablará sobre las pruebas que mostrarán al jurado. El abogado del acusado puede hacer su declaración de apertura inmediatamente después del fiscal o esperar hasta que el fiscal termine de presentar todas las pruebas.
El fiscal presentará testigos y les hará preguntas para tratar de probar su caso. El abogado del acusado puede contrainterrogarlos.
Una vez que el fiscal haya terminado de presentar testigos y pruebas, el abogado del acusado podrá presentar sus testigos. El fiscal podrá contrainterrogar a estos testigos.
Cuando termine el abogado del acusado, el fiscal puede presentar testigos y pruebas para refutar los que presentó el abogado del acusado. En algunos casos, el juez podría permitir que el abogado del acusado presente más testigos después de la refutación del fiscal (que se llama una “dúplica”).
Los alegatos de clausura y el veredicto
Después que ambos lados terminen de presentar sus pruebas y testigos, el fiscal presentará su alegato de clausura. Un alegato de clausura es la teoría del caso que tiene el abogado, o sea lo que cree que pasó. Un alegato de clausura no puede incluir hechos que no se mencionaron durante el juicio.
El abogado del acusado presentará su alegato de clausura después de que termine el fiscal. Es posible que el fiscal tenga la oportunidad de refutar el alegato de clausura del abogado del acusado.
Luego, el juez le dará instrucciones detalladas al jurado sobre los delitos y el proceso de deliberación. Entonces el jurado hablará (deliberará) sobre el caso y llegará a un veredicto (decidirá si el acusado cometió el delito). El veredicto del jurado tiene que ser unánime, lo que significa que todos los miembros del jurado tienen que estar de acuerdo.
Si lo declaran culpable al acusado, el juez impondrá una sentencia. Puede imponer la sentencia de inmediato, o en otra fecha. Si el jurado o el juez lo declara no culpable al acusado, se llama una absolución. Si el jurado no puede ponerse de acuerdo, el caso podría terminar en un juicio nulo. Esto significa que todavía no lo declararon culpable al acusado, pero el fiscal tiene la opción de iniciar otro juicio.
La sentencia de un acusado declarado culpable
Una vez que declaren culpable a un acusado, ya sea en un juicio o por una declaración de culpabilidad, el departamento de libertad condicional de la corte preparará un informe previo a la sentencia. Este informe incluirá información sobre el delito y los antecedentes del acusado. Se comunicarán con todas las víctimas del delito para hacer recomendaciones de sentencia. El funcionario de libertad condicional incluirá una sentencia recomendada en el informe.
El juez decide la sentencia. Tomará en cuenta todo lo que diga el informe previo a la sentencia, además de las pautas de sentencia que tal vez sean obligatorias. El juez puede condenar al acusado a libertad condicional, servicio comunitario, cárcel/prisión, multas o una combinación de estas opciones. Si la víctima sufrió daños económicos, el juez también puede ordenarle al acusado a pagar restitución a la víctima.
El derecho a la destrucción de los registros de arresto de un acusado declarado no culpable
Si el jurado determina que el acusado no es culpable de cometer el delito, se llama una absolución. Si se absuelve a un acusado, no debería figurar nada que tuviera que ver con el caso en sus antecedentes penales. Si lo absolvieron, pero el arresto y los cargos todavía figuran en sus antecedentes penales, lea Cómo corregir errores en sus antecedentes penales.
El proceso de apelación para casos penales
Una apelación de la corte de distrito será decidida por un juez de la corte de circuito. Una apelación de la corte de circuito será decidida por la Corte de Apelaciones de Michigan. Una apelación de la Corte de Apelaciones de Michigan será decidida por la Corte Suprema de Michigan. No siempre tiene derecho a apelar en todas las cortes. Hay veces en las que la corte puede decidir si tratará o no la apelación.
Hay tres tipos de apelaciones:
- Interlocutoria: cuando una parte apela la decisión de un juez antes de que el caso vaya a juicio o antes de que finalice el juicio
- Apelación por derecho: cuando una parte apela la orden final del juez (la mayoría de estas apelaciones se centran en la condena)
- Apelación con permiso de la corte: cuando no se puede presentar una apelación por derecho (en general porque venció el plazo para presentar una apelación), la corte de apelaciones puede “conceder permiso”
Si una corte concede permiso para apelar, significa que permite que las parte presenten escritos. Un escrito es un documento que se usa para respaldar un caso. Debería incluir los hechos del caso, qué quiere que suceda el acusado, los argumentos que respaldan el punto de vista del acusado y la precedente obligatorio (como la jurisprudencia y los estatutos) que respaldan su caso. Las partes también pueden pedirle a la corte que programe los alegatos orales en el caso.
Las apelaciones son complicadas. Si le interesa apelar una decisión, tal vez le convenga hablar con un abogado con experiencia en derecho penal. Use la Guía de ayuda legal para encontrar abogados en su zona.