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¿Qué papeles se tienen que entregar?
Los primeros papeles que se tendrán que entregar legalmente (dar) a la otra parte o partes son:
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La citación
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La Demanda para determinar que un hijo nació fuera del matrimonio o la Demanda y declaración jurada para revocar el reconocimiento de paternidad
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Cualquier otro papel que presentó en la corte para empezar el caso
¡Advertencia! Se tiene que hacer la entrega legal de la citación personalmente a la otra parte dentro de 91 días, o se puede desestimar su caso.
¿Yo puedo hacer la entrega legal?
No. Hay varias maneras de hacer la entrega legal de los primeros papeles, pero usted no puede ser la persona que los entregue. Puede pedirle a un amigo o familiar que haga la entrega legal de los papeles, o puede pagarle al departamento del alguacil o policía de su zona, o a un profesional de entrega legal. La persona que haga la entrega tiene que tener por lo menos 18 años de edad y no puede estar involucrada en su caso.
¿Qué hace la persona que entrega los papeles?
La persona que hace la entrega tiene que hacer las siguientes cosas:
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Dar una copia de sus papeles de la corte a la otra parte o partes personalmente, o enviar los papeles por correo (vea las reglas de envío por correo a continuación)
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Llenar y firmar una Prueba de entrega que se encuentra en la segunda página de la Citación (formulario MC 01) Y
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Presentar la Prueba de entrega o devolvérsela a usted para que la presente
Reglas para enviar por correo postal
El notificador puede enviar los documentos por correo registrado o certificado, con servicio restringido al demandado y con acuse de recibo solicitado. Este tipo de servicio solo funciona si el demandado acepta la entrega de los documentos y si tiene una dirección segura donde se puede enviar el acuse de recibo.
Para entregar los documentos por correo, pídale a un amigo o familiar que vaya a la oficina de correos y pague para que le envíen los documentos al demandado de esta manera. Una vez que se hayan entregado los documentos, debería recibir una tarjeta verde (el acuse de recibo) por correo.
Completar la prueba de entrega
Si el demandado llenó la sección "Reconocimiento de entrega"
Es posible que el Demandado haya completado la sección Reconocimiento de entrega en la parte inferior de la Prueba de entrega. Si lo hicieron, el notificador no necesitará completar el resto de la Prueba de entrega antes de presentarla.
Si el demandado no completó la sección "Reconocimiento de entrega"
Si el demandado no completó esta sección, entonces el notificador debe completar y firmar la sección "Certificado de entrega/no entrega". Esto incluye completar el nombre del demandado y la fecha, hora y dirección o lugar de notificación. Bajo el subtítulo "Adjuntos (si los hay)", deben completar los nombres de todos los documentos entregados además de la Citación y de la Demanda.
Si el Demandado recibió la notificación por correo, asegúrese de adjuntar el acuse de recibo firmado a la Prueba de entrega cuando la presente.
¿Qué pasa si no sé dónde está la otra parte?
Si una persona intentó hacerle la entrega legal a la otra parte varias veces sin éxito, puede pedirle permiso al juez para hacerle la entrega por correo de primera clase o de otra manera. Para hacerlo, presente una Moción y verificación para usar un método alternativo de entrega legal.
Si el juez le permite usar un método alternativo de entrega legal, el juez firmará una Orden de método alternativo de entrega legal. Luego puede seguir las instrucciones del juez para hacer la entrega legal.
Si tiene que usar un método alternativo de entrega legal, quizás le convenga contratar a un abogado para ayudarle con su caso. Puede usar la Guía de ayuda legal para obtener información de contacto para servicios legales o servicios de remisión a abogados en su zona.
¿Cómo hago la entrega de los otros papeles que presento en la corte?
La citación y los otros papeles iniciales son los únicos que se tienen que entregar personalmente por alguien que no sea usted. Después de la primera entrega legal, usted puede hacer la entrega de papeles de la corte a la otra parte o partes. Para entregar los otros papeles, puede:
- Enviar una copia a la última dirección conocida de la otra parte
- Darle una copia de los papeles a la otra parte en mano O
- Dejar una copia en la casa de la otra parte con un adulto que también vive en la casa
La persona que hace la entrega tiene que llenar y firmar una copia de la Prueba de entrega, indicando qué papeles se entregaron.
¿Qué hago con la Prueba de entrega completa?
Cada vez que usted u otra persona llene una Prueba de entrega, debe presentarla en la oficina del secretario de la corte de circuito. Guarde una copia de cada Prueba de entrega como comprobante.