Cómo obtener un embargo

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Si obtiene un fallo diciendo que alguien le debe dinero, usted es un acreedor del fallo. La persona que le debe dinero es el deudor del fallo. El embargo es una herramienta que puede usar para ayudarle a cobrar un fallo.

El embargo es un proceso judicial que permite a un acreedor cobrar dinero de un embargado. Un embargado es alguien que tiene el control del dinero o los bienes del deudor, o que le paga dinero al deudor. Por ejemplo, un embargado podría ser un banco, empleador, inquilino o el estado de Michigan. En los procedimientos de embargo, el acreedor es el demandante y el deudor es el demandado.

Tiene que esperar 21 días después de que se firme el fallo para solicitar una orden de embargo. Si el deudor le sigue debiendo dinero, puede solicitar otra orden después de que venza la primera. Puede tener más de un tipo de embargo al mismo tiempo, siempre que no sean del mismo embargado. 

Tiene que presentar el embargo antes de que venza el fallo. Esto se llama plazo de prescripción.

Cómo solicitar un embargo

Inicie un embargo presentando una Solicitud y mandamiento de embargo ante el tribunal que emitió el fallo. El mandamiento es una orden judicial. Le dice al embargado que le dé el dinero que tiene para el deudor (como dinero en una cuenta bancaria) o que le habría pagado al deudor (como un cheque de pago).

Existen tres formularios para solicitar un mandamiento:

Para completar cada formulario necesita:

  • El nombre y la dirección del embargado,
  • El monto total del fallo, incluyendo los costos que se le hayan agregado y los intereses que se hayan acumulado e
  • Información sobre el deudor para que el embargado pueda identificar al deudor

Si el embargado es el empleador del deudor, es posible que necesite el número del seguro social o número de identificación de empleado del deudor. Si el embargado es un banco o unión de crédito, además necesita el/los número(s) de cuenta del deudor. Si el embargado es el Estado de Michigan, necesita el número del seguro social del deudor. Si no incluye toda la información requerida, el embargado no tiene que procesar la orden judicial.

Presente la Solicitud y mandamiento de embargo en la corte que emitió el fallo. Tendrá que pagar una tarifa de presentación de $15. El tribunal emite la orden firmándola.

Embargos periódicos

Un embargo periódico embarga dinero que se le paga al deudor de forma regular. Algunos ejemplos son cheques de pago o pagos de alquiler. Se toma dinero de cada pago hasta que venza el mandamiento o se termine de pagar la deuda.

Un mandamiento de embargo periódico tiene vigencia hasta que se pague el saldo del fallo.

Cuando se embargan los salarios de un deudor, solo se puede tomar una cierta cantidad. Nunca es más del 25% de las ganancias del deudor después de descontar los impuestos.

Embargos no periódicos

Un embargo no periódico es un embargo de una sola vez. En general se aplica a una cuenta bancaria o reembolso de impuestos estatales. Solo es válido para el momento en que se hace la entrega legal al embargado. Entonces, si la cuenta de cheques del deudor tiene $100 cuando se hace la entrega legal del mandamiento, usted recibirá $100 hacia el pago de la deuda. Si el deudor deposita $1,000 el día después de que se haga la entrega legal del mandamiento, de todas maneras usted recibirá $100.

Una orden de embargo no periódico tiene vigencia por 182 días. Esto significa que el embargo no periódico vence el día 183 después de que el tribunal lo emitió. Después de ese plazo tiene que solicitar otra orden de embargo para seguir cobrando el dinero de esta manera. Solo se puede usar una vez; vence una vez que se use.

Hacer la entrega legal de del mandamiento

El embargado debe recibir la entrega legal de dos copias de la Solicitud y mandamiento de embargo, un formulario de revelación y la tarifa de revelación. La cuota de revelación es $35 para embargos periódicos y $1 para embargos no periódicos. El embargado tiene que ser entregado dentro de 182 días después de que se emitió el mandamiento.

Quién puede hacer la entrega legal

Usted no puede hacer la entrega legal del mandamiento. Puede pedirle a otra persona que la haga, o puede pagarle al departamento del alguacil o comisaría de su zona, o a un profesional de entrega legal. Si le pide a otra persona que haga la entrega legal, la persona tiene que tener por lo menos 18 años de edad y no estar involucrada en el caso.

Cómo hacer la entrega legal

La persona que hace la entrega legal puede hacer la entrega legal personalmente. Si el embargado es una empresa, la persona que hace la entrega legal tiene que hacer la entrega legal del mandamiento al agente designado o persona a cargo de una oficina o empresa.

La persona que hace la entrega legal también puede enviar los documentos y cuota por correo registrado con solicitud de aviso de retorno. Una vez que se hayan entregado los papeles, la persona que hizo la entrega legal recibirá por correo el aviso de retorno (una tarjeta verde).

La persona que hace la entrega legal también puede pedirle al embargado que firme el acuse de recibo en el formulario de Prueba de entrega.

Luego la persona que hace la entrega legal tiene que llenar el formulario de Prueba de entrega. La persona que hace la entrega legal puede presentarla en la corte o dársela a usted para que la presente. La Prueba de entrega se tiene que presentar en la corte para mostrar que se hizo la entrega legal del mandamiento.

Después de que el embargado reciba el mandamiento

El embargado tiene que dar o enviar una copia del mandamiento al deudor dentro de los siete días de haber recibido la entrega legal del mandamiento. Después de que el embargado envíe el mandamiento, el deudor tiene 14 días para presentar una protesta al embargo.

Dentro de los siete días de recibir la entrega legal del mandamiento el embargado tiene que informarle a usted, a la corte y al deudor si le debe dinero al deudor o si tiene dinero del deudor. De ser el caso, el embargado tiene que guardar el dinero por 28 días desde la fecha que se le hizo la entrega legal del mandamiento. Si el deudor no presentó una protesta en el plazo de 28 días, el embargado tiene que pagarle el dinero a usted.