Debe firmar y fechar en dos lugares de la moción.
Primero, debe firmar y fechar su moción en la segunda página. Si elige firmar electrónicamente, esto ya está hecho. La firma electrónica tendrá este aspecto: /s/ Su nombre.
En segundo lugar, debe firmar la Declaración jurada (en la página 3, la página que comienza con “Declaro bajo pena de perjurio”). Debe hacerlo frente a un notario público o un secretario de la corte. El secretario de la corte verificará su firma de forma gratuita. Si elige utilizar un notario, es posible que tenga que pagar una tarifa. Es posible que pueda certificar sus documentos ante un notario en un banco. Algunas fotocopias e imprentas también ofrecen servicios notariales mediante una tarifa. Comuníquese con el banco u otro lugar para asegurarse de que haya un notario disponible en el momento en que planea ir.
Deberá mostrarle al secretario o al notario una identificación con fotografía, como su licencia de conducir o tarjeta de identificación estatal, antes de firmar la Declaración Jurada y el Reclamo.
Si firma la declaración jurada frente a un secretario de la corte, haga cuatro copias de la moción completa (incluida la prueba adjunta de que solía ser propietario de la propiedad (como una copia de la escritura)) antes de firmar sus documentos. Lleve todas las copias al secretario de la corte.
Si firma la declaración jurada ante un notario, haga cuatro copias después de firmar sus documentos.
Si está presentando una Solicitud de Exención de Tarifas (consulte el Paso 3), fírmela y feche si aún no tiene su firma electrónica. Haga cuatro copias de eso también.
No importa cómo firme, si presenta la solicitud por correo electrónico o mediante MiFILE, no necesitará hacer copias para la corte. Sólo necesitará hacer una copia para la otra parte. Si aún no está seguro de cómo presentará la solicitud, puede hacer copias y descartarlas más tarde si no las necesita.